En este enlace podemos verlo.
http://www.dipity.com/samama180/Leyes-reguladoras-de-Educacion-en-Espa-a_1/
Artículo a favor de la asignatura de Educación para la ciudadanía
REFLEXION
Es necesario que se enseñen los valores de la defensa de los Derechos Humanos; los valores liberales, que reivindican la libertad individual, la emancipación del ser, su total independencia; los valores democráticos, formados por las igualdad de todos ante la ley, la representación a través de las instituciones y el gobierno de la mayoría para todos; los valores de la solidaridad y del compromiso con el otro y con sus necesidades. Se hace necesario, por tanto, una asignatura que enseñe y potencie los valores ciudadanos y su ejercicio práctico, y que potencie también la práctica misma de éstos en el aula, a través de la entrada de otros factores de la ciudadanía, como movimientos de diversa índole, especialmente los movimientos juveniles y medioambientales.
La Conferencia Episcopal y el P.P han acusado a esta asignatura de tener contenidos inmorales y un espíritu adoctrinador, creo que la enseñanza de los valores constitucionales, el aprendizaje de los derechos y deberes que tenemos como ciudadanos y el estudio de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sería en todo caso un conjunto de elementos básicos para el completo desarrollo de las personas. Además Educación para la Ciudadanía supondrá un cambio notable en la sociedad, haciéndola más participativa, más solidaria y más tolerante.
Artículo en contra de la LOE
http://www.stes.es/prensa/051216_LOEnoescuelapublica.html
REFLEXION
La confederación ratifica su opinión contraria a la Loe. Apoyan la idea de que recoge las prioridades de la escuela pública y supone un aumento de los privilegios y concesiones a la enseñanza privada concertada.
REFLEXION
La confederación ratifica su opinión contraria a la Loe. Apoyan la idea de que recoge las prioridades de la escuela pública y supone un aumento de los privilegios y concesiones a la enseñanza privada concertada.
Stes_i mostró su descontento con la aprobación de la ley manifestándose en defensa de la escuela pública e instan a todos los gobiernos en contra de la privatización de los sistemas educativos.
El artículo señala que el gobierno ha incumplido el programa electoral en el área educativa con el que ganó las elecciones, por lo que el P.P no lo ha tenido fácil para buscar argumentos que muestren su oposición a la ley.
Dificilmente podrá mejorarse la calidad de la enseñanza cuando la disminución del n° de alumnos por aula se hace presente, así como la falta del aumento de financiación para poder igualarse con la inversión Europea, la meora de las condiciones del profesorado...etc.
EPIGRAFES DE LA LOE
EPIGRAFES DE LA LOE
PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR
· CAPÍTULO I. Principios y fines de la educación
o Artículo 1. Principios
o Artículo 2. Fines
· CAPÍTULO II. La organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida.
o Artículo 3. Las enseñanzas
o Artículo 4. La enseñanza básica
o Artículo 5. El aprendizaje a lo largo de la vida
· CAPÍTULO III. Currículo
o Artículo 6. Currículo
· CAPÍTULO IV. Cooperación entre Administraciones educativas
o Artículo 7. Concertación de políticas educativas
o Artículo 8. Cooperación entre Administraciones
o Artículo 9. Programas de cooperación territorial
o Artículo 10. Difusión de información
o Artículo 11. Oferta y recursos educativos
TÍTULO I. LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN
· CAPÍTULO I. Educación Infantil
o Artículo 12. Principios Generales
o Artículo 13. Objetivos
o Artículo 14. Ordenación y principios pedagógicos
o Artículo 15. Oferta de plazas y gratuidad
· CAPÍTULO II. Educación Primaria
o Artículo 16. Principios generales
o Artículo 17. Objetivos de la educación primaria
o Artículo 18. Organización
o Artículo 19. Principios pedagógicos
o Artículo 20. Evaluación
o Artículo 21. Evaluación de diagnóstico
· CAPÍTULO III. Educación secundaria obligatoria
o Artículo 22. Principios generales
o Artículo 23. Objetivos
o Artículo 24. Organización de los cursos primero, segundo y tercero
o Artículo 25. Organización del cuarto curso
o Artículo 26. Principios pedagógicos
o Artículo 27. Programas de diversificación curricular
o Artículo 28. Evaluación y promoción
o Artículo 29. Evaluación de diagnóstico
o Artículo 30. Programas de cualificación profesional inicial
o Artículo 31. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
· CAPÍTULO IV. Bachillerato
o Artículo 32. Principios generales
o Artículo 33. Objetivos
o Artículo 34. Organización
o Artículo 35. Principios pedagógicos
o Artículo 36. Evaluación y promoción
o Artículo 37. Título de Bachiller
o Artículo 38. Prueba de acceso a la universidad
· CAPÍTULO V. Formación Profesional
o Artículo 39. Principios generales
o Artículo 40. Objetivos
o Artículo 41. Condiciones de acceso
o Artículo 42. Contenido y organización de la oferta
o Artículo 43. Evaluación
o Artículo 44. Títulos y convalidaciones
· CAPÍTULO VI. Enseñanzas artísticas
o Artículo 45. Principios
o Artículo 46. Ordenación de las enseñanzas
o Artículo 47. Correspondencia con otras enseñanzas
Sección Primera: Enseñanzas elementales y profesionales de música y danza
o Artículo 48. Organización
o Artículo 49. Acceso
o Artículo 50. Titulaciones
Sección Segunda: Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
o Artículo 51. Organización
o Artículo 52. Requisitos de acceso
o Artículo 53. Titulaciones
Sección Tercera. Enseñanzas artísticas superiores
o Artículo 54. Estudios superiores de música y danza
o Artículo 55. Enseñanzas de arte dramático
o Artículo 56. Enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales
o Artículo 57. Estudios superiores de artes plásticas y diseño
o Artículo 58. Organización de las enseñanzas artísticas superiores
· CAPÍTULO VIII. Enseñanzas deportivas
o Artículo 63. Principios generales
o Artículo 64. Organización
o Artículo 65. Titulaciones y convalidaciones
· CAPÍTULO IX. Educación de personas adultas
o Artículo 66. Objetivos y principios
o Artículo 67. Organización
o Artículo 68. Enseñanza básica
o Artículo 69. Enseñanzas postobligatorias
o Artículo 70. Centros
TÍTULO II. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN
· CAPÍTULO I. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
o Artículo 71. Principios
o Artículo 72. Recursos
Sección Primera. Alumnado que presenta necesidades educativas especiales
o Artículo 73. Ámbito
o Artículo 74. Escolarización
o Artículo 75. Integración social y laboral
Sección Segunda. Alumnado con altas capacidades intelectuales
o Artículo 76. Ámbito
o Artículo 77. Escolarización
Sector Tercera. Alumnos con integración tardía en el sistema educativo español
o Artículo 78. Escolarización
o Artículo 79. Programas específicos
· CAPÍTULO II. Compensación de las desigualdades en educación
o Artículo 80. Principios
o Artículo 81. Escolarización
o Artículo 82. Igualdad de oportunidades en el mundo rural
o Artículo 83. Becas y ayudas al estudio
· CAPÍTULO III. Escolarización en centros públicos y privaos concertados
o Artículo 84. Admisión de alumnos
o Artículo 85. Condiciones específicas de admisión de alumnos en etapas postobligatorias
o Artículo 86. Igualdad en la aplicación de las normas de admisión
o Artículo 87. Equilibrio en la admisión de alumnos
o Artículo 88. Garantías de gratuidad
· CAPÍTULO IV. Premios, concursos y reconocimientos
o Artículo 89. Premios y concursos
o Artículo 90. Reconocimiento
TÍTULO III. PROFESORADO
· CAPÍTULO I. Funciones del profesorado
o Artículo 91. Funciones del profesorado
· CAPÍTULO II. Profesorado de las distintas enseñanzas
o Articulo 92. Profesorado de educación infantil
o Artículo 93. Profesorado de educación primaria
o Artículo 94. Profesorado de educación secundaria obligatoria y bachillerato
o Artículo 95. Profesorado de formación profesional
o Artículo 96. Profesorado de enseñanzas artísticas
o Artículo 97. Profesorado de enseñanzas de idiomas
o Artículo 98. Profesorado de enseñanzas deportivas
o Artículo 99. Profesorado de educación de personas adultas
· CAPÍTULO III. Formación del profesorado
o Artículo 100. Formación inicial
o Artículo 101. Incorporación a la docencia en centros públicos
o Artículo 102. Formación permanente
o Artículo 103. Formación permanente del profesorado de centros públicos
· CAPÍTULO IV. Reconocimiento, apoyo y valoración del profesorado
o Artículo 104. Reconocimiento y apoyo al profesorado
o Artículo 105. Medidas para el profesorado de centros públicos
o Artículo 106. Evaluación de la función pública docente
TÍTULO IV. CENTROS DOCENTES
· CAPÍTULO I. Principios generales
o Artículo 107. Régimen jurídico
o Artículo 108. Clasificación de los centros
o Artículo 109. Programación de la red de centros
o Artículo 110. Accesibilidad
· CAPÍTULO II. Centros públicos
o Artículo 111. Denominación de los centros públicos
o Artículo 112. Medios materiales y humanos
o Artículo 113. Bibliotecas escolares
· CAPÍTULO III. Centros privados
o Artículo 114. Denominación
o Artículo 115. Carácter propio de los centros privados
· CAPÍTULO IV. Centros privados concertados
o Artículo 116. Conciertos
o Artículo 117. Módulos de concierto
TÍTULO V. PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS
· CAPÍTULO I. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros
o Artículo 118. Principios generales
o Artículo 119. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros públicos y privados concertados
· CAPÍTULO II. Autonomía de los centros
o Artículo 120. Disposiciones generales
o Artículo 121. Proyecto educativo
o Artículo 122. Recursos
o Artículo 123. Proyecto de gestión de los centros públicos
o Artículo 124. Normas de organización y funcionamiento
o Artículo 125. Programación general anual
· CAPÍTULO III. Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos
Sección Primera. Consejo Escolar
o Artículo 126. Composición del Consejo Escolar
o Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar
Sección Segunda. Claustro de profesores
o Artículo 128. Composición
o Artículo 129. Competencias
Sección Tercera. Otros órganos de coordinación docente
o Artículo 130. Órganos de coordinación docente
· CAPÍTULO IV. Dirección de los centros públicos
o Artículo 131. El equipo directivo
o Artículo 132. Competencias del director
o Artículo 133. Selección del director
o Artículo 134. Requisitos para ser candidato a director
o Artículo 135. Procedimiento de selección
o Artículo 136. Nombramiento
o Artículo 137. Nombramiento con carácter extraordinario
o Artículo 138. Cese del director
o Artículo 139. Reconocimiento de la función directiva
TÍTULO VI. EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
o Artículo 140. Finalidad de la evaluación
o Artículo 141. Ámbito de la evaluación
o Artículo 142. Organismos responsables de la evaluación
o Artículo 143. Evaluación general del sistema educativo
o Artículo 144. Evaluaciones generales de diagnóstico
o Artículo 145. Evaluación de los centros
o Artículo 146. Evaluación de la función directiva
o Artículo 147. Difusión del resultado de las evaluaciones
TÍTULO VII. INSPECCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
o Artículo 148. Inspección del sistema educativo
· CAPÍTULO I. Alta inspección
o Artículo 149. Ámbito
o Artículo 150. Competencias
· CAPÍTULO II. Inspección educativa
o Artículo 151. Funciones de la inspección educativa
o Artículo de 152. Inspectores de Educación
o Artículo 153. Atribuciones de los inspectores
o Artículo 154. Organización de la inspección educativa
TÍTULO VIII. RECURSOS ECONÓMICOS
o Artículo 155. Recursos para dar cumplimiento a lo establecido en la presente ley
o Artículo 156. Informe anual sobre el gasto público en la educación
o Art 157 Recursos para la mejora de los aprendizajes y apoyos del profesorado.
La organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida.
ART. 3. Las enseñanzas
Las enseñanzas que ofrece el sistema educativo son las siguientes;
Educación infantil.
Educación primaria.
Educación secundaria obligatoria.
Bachillerato.
Formación profesional.
Enseñanzas de idiomas.
Enseñanzas artísticas.
Enseñanzas deportivas.
Educación de personas adultas.
Enseñanza universitaria.
Capítulo III
Título I. Las enseñanzas y su ordenación
Capítulo I. Educación Infantil
Esta etapa va dirigida a niños y niñas desde el nacimiento hasta los 6 años de edad.Tiene carácter voluntario y su función es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños.
La etapa de Educación infantil se ordena en dos ciclos. El primero comprende hasta los tres años y el segundo hasta los seis años de edad.
Los métodos de trabajo en ambos ciclos se basarán en las experiencias, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar su autoestima e integración social.
Capítulo II. Educación primaria
Es una etapa educativa que comprende los seis cursos académicos, que se cursarán entre los seis y los doce años de edad.
Su finalidad es proporcionar a todos los niños y niñas una educación que permita afianzar su desarrollo personal y su propio bienestar, adquirir las habilidades culturales básicas relativas a la expresión y comprensión oral, a la lectura, a la escritura y al cálculo, así como a desarrollar las habilidades sociales, los hábitos de trabajo y estudio, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad.
La etapa de Educación primaria comprende tres ciclos de dos años académicos cada uno y se organiza en áreas.
Conocimiento de medio natural, social y cultura.
Educación artística.
Educación física.
Lengua castellana y literatura, lengua cooficial y literatura si la hubiere.
Lengua extranjera.
Matemáticas.
En uno de los cursos del tercer ciclo de la etapa, se añadirá el área de Educación para la ciudadanía.
En el supuesto de que el alumno no haya alcanzado las competencias básicas, podrá permanecer un curso más en el mismo ciclo.Esta medida podrá adoptarse una sola vez a lo largo de la educación primaria.
Capítulo III. Educación secundaria
La etapa de Educación secundaria obligatoria comprende cuatro cursos, que se cursarán desde los doce hasta los dieciséis años de edad.
La finalidad de la Educación secundaria obligatoria consiste en lograr que los alumnos y alumnas adquieran elementos básicos de la cultura, especialmente en su aspecto humanístico, artístico, científico y tecnológico. Desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de trabajo. Prepararles para su incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral y formarles para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos.
En uno de los tres primeros cursos todos los alumnos cursarán la materia de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos.
Cuarto curso tendrá carácter orientador, tanto para los estudios postobligatorios como para la incorporación a la vida laboral.
El título de Graduado en Educación secundaria obligatoria permitirá acceder al bachillerato, a la formación profesional de grado medio, a los ciclos de grado medio de artes plásticas y diseño, a las enseñanzas deportivas de grado medio y al mundo laboral.
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